¿Me puedo divorciar aunque la otra persona no quiera?

Esta es una pregunta bastante común en nuestros clientes. Creo que esta idea errónea tiende a dejarse llevar por leyes de otros estados o incluso de otros países en el cual, debe de haber un motivo o razón por la cual se está solicitando el divorcio.

Afortunadamente, en el estado de Texas, solo se necesita que una de las dos partes decida por cualquier motivo o razón, que ya no desea seguir con la relación matrimonial para solicitar un divorcio.

En este caso, la parte solicitante del divorcio es conocida como “Plaintiff” y la parte no solicitante es conocida como “Respondent”. Una vez que la petición de divorcio ha sido archivada formalmente en la corte, la parte respondiente tiene derecho a ser notificada de la demanda que ha sido iniciada en su contra y por ende derecho a responder.

OJO es muy importante no dejar una notificación para después, ya que solo se tienen 21 días para responder a esa citación. De lo contrario un juez podría entrar en un fallo automático en su contra.

De igual manera es muy común que el paradero de la contraparte sea desconocido o ya se ha intentado notificar numerosas veces sin respuesta. Si este es el caso, no te preocupes, es posible solicitar a la corte opciones alternativas para dar notificación oficial y así poder seguir adelante con el proceso.

Cualquiera que sea la situación, ya sea como solicitante o respondiente, es importante que cuente con asesoría jurídica indicada. Llame a un abogado experto en ley familiar para conocer sus opciones.

Nuestra consulta es completamente gratis y ofrecemos planes de pago que se ajusten a sus posibilidades.

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