Breve guía para obtener el estatus migratorio a través de su cónyuge ciudadano estadounidense o residente permanente legal de los Estados Unidos
Un ciudadano de los EE. UU. o un residente permanente legal (LPR) de los EE.UU. puede presentar una solicitud para su cónyuge, ya sea que ese cónyuge se encuentre dentro o fuera de los Estados Unidos. Si el cónyuge extranjero vive fuera de los Estados Unidos, el cónyuge ciudadano de los EE. UU. o residente permanente legal de los EE. UU. debe presentar una solicitud de visa de inmigrante para el cónyuge extranjero para ingresar a los Estados Unidos. Si el matrimonio tiene menos de dos años, el cónyuge extranjero recibirá una tarjeta de residencia condicional (CR) de dos años.
¿Soy elegible para solicitar una visa de inmigrante conyugal?
Para presentar una petición de visa de inmigrante conyugal, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Hay un matrimonio legal (en cualquier país) con un ciudadano de EE. UU. o LPR de EE. UU.
- Si alguno de los cónyuges estuvo casado anteriormente, los matrimonios anteriores terminaron por divorcio, anulación o muerte. Todos los divorcios deben estar completamente finalizados; y
- La pareja tiene un matrimonio legítimo y de buena fe.
La elegibilidad para una tarjeta de residencia (Green Card) a través del matrimonio tambien va a depender de otros factores, como los motivos de inadmisibilidad, que es un conjunto de reglas que permite a los EE. UU. excluir a ciertas personas de inmigrar a los Estados Unidos. Las cosas que pueden conducir a la inadmisibilidad son múltiples entradas ilegales, remociones o deportaciones previas, ciertos delitos y la violación de los términos de visas anteriores de inmigrante o no inmigrante.
¿Cómo solicito una visa de inmigrante conyugal?
Paso 1: Presente una petición ante USCIS
El primer paso en este proceso es enviar el Formulario I-130 y los documentos de respaldo a los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). El objetivo principal de este formulario es recopilar información biográfica básica y probar que existe una relación válida entre el peticionario y el cónyuge extranjero.
Lo que es más importante, la precisión de la información contenida en los formularios y documentos de respaldo afecta el tiempo que lleva procesar el caso y la tasa de aprobación. Es probable que las peticiones completas y bien organizadas se aprueben más rápido. Si falta algo en su solicitud, la aplicacion puede ser rechazada. Si no se rechaza, USCIS puede emitir lo que se llama una "Solicitud de evidencia" que requiere que presente los documentos de respaldo correctos para que el caso no sea denegado, pero retrasa el tiempo de procesamiento. Una vez más, es muy importante enviar una petición completa desde el principio.
Presentar la petición I-130 y los documentos de respaldo es el primer paso del proceso. Un I-130 aprobado no necesariamente garantiza que se emitirá la visa de inmigrante; simplemente abre la puerta al siguiente paso.
Paso 2: envíe los documentos requeridos al Centro Nacional de Visas (NVC):
Cuando USCIS apruebe la petición I-130, su caso será transferido al Centro Nacional de Visas (NVC). El NVC está a cargo de garantizar que todos los casos estén “documentalmente completos” para que se pueda programar una entrevista con un funcionario consular de los EE. UU. en el extranjero. Una vez que se asigna un número de caso NVC, el cónyuge extranjero debe enviar el formulario DS-260 en línea. Luego, los documentos civiles específicos deben cargarse en el sistema. Finalmente, el ciudadano estadounidense o cónyuge LPR debe firmar y notarizar el formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio y los documentos de identificación e impuestos requeridos. El peticionario debe demostrar que gana suficiente dinero para patrocinar al cónyuge extranjero. Si no ganan suficiente dinero, deben encontrar un patrocinador conjunto.
Nota: si el cónyuge extranjero está en los Estados Unidos sin estatus, o su estatus ha vencido, es perjudicial que se presente y sea aprobado por USCIS un perdón ANTES de salir de los Estados Unidos y continuar con el paso 3 a continuación. De lo contrario, esa persona corre el riesgo de que el funcionario consular rechace su caso y se le prohíba regresar a los Estados Unidos.
Paso 3: Proceso Consular de la Visa de Inmigrante
El último paso en este proceso es una entrevista en persona con un Consulado o Embajada de los EE. UU. en el extranjero. Antes de la entrevista, el cónyuge extranjero debe registrarse para la entrevista, completar datos biométricos (huellas dactilares) y un examen médico, y designar un lugar para recoger el pasaporte que contiene la visa una vez que se apruebe la visa. El día de la entrevista sólo asistirá a esta entrevista el cónyuge extranjero. El objetivo principal del oficial entrevistador es evaluar la legitimidad del matrimonio y evaluar si el cónyuge extranjero es inadmisible (es decir, si cometió alguna infracción anterior de las leyes penales o de inmigración). El oficial hará preguntas que cubren todo, desde la relación de la pareja hasta el historial laboral y educativo del cónyuge extranjero. Una vez aprobado, el cónyuge extranjero recibirá una visa y, al ingresar a los Estados Unidos, recibirá el estatus de LPR de EE. UU. Si el matrimonio tiene menos de dos años en la fecha en que se otorga el estatus de residente permanente legal, la persona será Residente Condicional por dos años.
¿Lo que sigue?
Si el cónyuge extranjero es un residente condicional, debe eliminar el estado de residente condicional de dos años a través del formulario I-751 antes del vencimiento de la residencia condicional de dos años.
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